ARTÍCULO 66.
25/9/25, 18:13 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30019323 21/124
1. La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra en el momento de laextinción la causal o motivo que la mueve a tomar esa determinación, salvo en el caso de que exista cláusulade reserva conforme al artículo 49.
2. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.
CAPITULO VII.
SUSTITUCION DE EMPLEADORES.
ARTICULO 67. DEFINICION.
Se entiende por sustitución de {empleadores} todo cambio de un {empleador} porotro, por cualquier causa, siempre que subsista la identidad del establecimiento, es decir, en cuanto éste nosufra variaciones esenciales en el giro de sus actividades o negocios.
ARTICULO 68. MANTENIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO.
La sola sustitución de {empleadores} noextingue, suspende ni modifica los contratos de trabajo existentes.
ARTICULO 69. RESPONSABILIDAD DE LOS {EMPLEADORES}.
1. El antiguo y el nuevo {empleador} responden solidariamente las obligaciones que a la fecha de la sustituciónsean exigibles a aquél, pero si el nuevo {empleador} las satisfaciere, puede repetir contra el antiguo.
2. El nuevo {empleador} responde de las obligaciones que surjan con posterioridad a la sustitución.
3. En los casos de jubilación, cuyo derecho haya nacido con anterioridad a la sustitución, las pensionesmensuales que sean exigibles con posterioridad a esa sustitución deben ser cubiertas por el nuevo{empleador}, pero éste puede repetir contra el antiguo.
4. El antiguo {empleador} puede acordar con todos o con cada uno de sus trabajadores el pago definitivo desus cesantías por todo el tiempo servido hasta el momento de la sustitución, como si se tratara de retirovoluntario, sin que se entienda terminado el contrato de trabajo.
5. Si no se celebrare el acuerdo antedicho, el antiguo {empleador} debe entregaral nuevo el valor total de lascesantías en la cuantía en que esta obligación fuere exigible suponiendo que los respectivos contratos hubierende extinguirse por retiro voluntario en la fecha de sustitución, y de aquí en adelante queda a cargo exclusivo delnuevo {empleador} el pago de las cesantías que se vayan causando, aun cuando el antiguo {empleador} nocumpla con la obligación que se le impone en este inciso.
6. El nuevo {empleador} puede acordar con todos o cada uno de los trabajadores el pago definitivo de suscesantías, por todo tiempo servido hasta el momento de la sustitución, en la misma forma y con los mismosefectos de que trata el inciso 4o. del presente artículo.
ARTICULO 70. ESTIPULACIONES ENTRE LOS {EMPLEADORES}.
El antiguo y el nuevo {empleador}pueden acordar modificaciones de sus propias relaciones, pero los acuerdos no afectan los derechosconsagrados en favor de los trabajadores en el artículo anterior.
Estos artículos explican que cuando se termina un contrato, la persona debe decir claramente el motivo desde el inicio. También hablan de cuando cambia el empleador, pero la empresa sigue igual.
ResponderEliminarEn ese caso, el trabajador no pierde su empleo ni sus derechos. El nuevo empleador debe respetar todo lo que ya tenía el trabajador, y tanto el antiguo como el nuevo pueden ser responsables de lo que se deba.
En pocas palabras, la ley protege al trabajador para que no salga perjudicado cuando hay cambios en la empresa.
el articulo 66 obliga a decir la causa al terminar un contrato y no permite cambiarla después. los artículos 67 a 69 explican que, si cambia el empleador, el contrato sigue igual y ambos (antiguo y nuevo) responden por las obligaciones laborales
ResponderEliminarEn el artículo 66 si alguna de las partes decide terminar el contrato deberá de informar al instante la razón o causa de la decisión.
ResponderEliminarSin realizar cambios de desición.
Como por ejemplo, En el momento del despido, el empleador le dice:
“Se da por terminado su contrato por bajo rendimiento en sus funciones.”