Artículo 64.
Terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa. En todo contrato de trabajo vaenvuelta la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo dela parte responsable. Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.
En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleadoro si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causascontempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización en los términos que a continuación seseñalan:
En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir elplazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, casoen el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
Ena) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales desalario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes alprimero y proporcionalmente por fracción;
b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legalesmensuales.
1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
25/9/25, 18:13 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30019323 20/124
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales desalario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de serviciosubsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Parágrafo transitorio.
Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez(10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en losliterales b), c) y d) del artículo 6º de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplicaúnicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero de enero de 1991 los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así:
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ResponderEliminarLa terminación del contrato de trabajo tiene distintas formas de liquidación dependiendo el tipo de contrato y el tiempo laborado , si hay perjuicios da lugar a indemnización.
ResponderEliminarLa terminación sin justa causa ocurre cuando el empleador despide sin motivo válido, y por eso debe pagar una indemnización al trabajador según su contrato y tiempo de servicio.
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